LEY ORGANICA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTNOMA DE HONDURAS
LEY ORGANICA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTNOMA DE HONDURAS
TÍTULO DISPOSICIONES GENERALES CAPITULOI
NATURALEZA Y OBJETIVOS
ARTICULO 1. --La
Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), es una institución
autónoma del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya autonomía
se establece en la Constitución de la República y su organización,
funcionamiento y atribuciones se regulan por esta Ley Orgánica y sus
reglamentos; su sede es la Capital de la República, con funciones dentro del
territorio nacional, pudiendo desarrollar actividades en el
extranjero mediante convenios con
otras instituciones de educaci6n superior.
ARTÍCULO 2. --Conforme
con lo establecido en el Artículo 160 de la Constitución de la República, la autonomía
de que goza Ia UNAH comprende:
I) Pluralismo ideológico, libertad plena de catedra, de
estudio, de investigaci6n y de vinculaci6n de la universidad con la sociedad;
2) La autonomía en
la gesti6n yadministraci6n de sus propios recursos, con transparencia y
rendici6n de cuentas ante la comunidad universitaria, los entes contralores del
Estado y la sociedad en general;
3) La facultad y
capacidad para elegir aut6nomamente sus
propias autoridades;
4) La facultad para
emitir las normas reglamentarias o estatutarias que sean necesarias para
desarrollar esta Ley; y,
5) La autonomía para
manejar sus relaciones laborales y la formulación de las políticas en relaci6n
con el ingreso, permanencia y egreso de los estudiantes.
ARTICULO 3. --Son objetivos de la UNAH:
1) Fomentar y
promover el desarrollo de la educaci6n superior en beneficio de la sociedad hondureña;
2) Formar
profesionales del más alto nivel académico, cívico y ético, capaces de
enfrentar los desafíos que impone la sociedad;
3) Promover,
desarrollar, innovar y difundir la investigaci6n científica, humanística y tecnológica;
4) Fomentar y
difundir la identidad nacional, el arte, la ciencia y la cultura en el nivel
educativo que le corresponde.
5) Fomentar la
vinculaci6n de la UNAH con las fuerzas productivas, laborales, empresariales, así
como con las demás que integran la sociedad hondureña; y,
6) Contribuir a la
transformaci6n de la sociedad hondureña y al desarrollo sostenible de Honduras.
ARTICULO 4.-Para realizar sus objetivos, la UNAH se
fundamentar en los principios de libertad de cátedra, investigación,
universalidad de la ciencia, representatividad, pluralismo, participación democrática,
responsabilidad, equidad, igualdad de oportunidades, transparencia, rendición
de cuentas, pertinencia, solidaridad y subsidiariedad.
CAPITULO II
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
ARTICULO 5. --Para el logro de sus objetivos, la UNAH tiene
las funciones y atribuciones siguientes:
1) Organizar,
dirigir y desarrollar con carácter exclusivo la educación superior y profesional
de Honduras.
2) lntegrar y presidir
por medio de! Rector, el Consejo de Educación Superior;
3) Ejercer, de
conformidad con la Ley, la Vicepresidencia del Consejo Nacional de Educación,
para coordinar junto con la secretaria de Estado en el Despacho de Educación y demás
instituciones del Estado, las medidas y acciones encaminadas a lograr un sistema
nacional educativo armónico y coherente en todos los niveles.
4) Formar los
profesionales que demande el desarrollo nacional en los campos de la ciencia,
la técnica y el arte, así como capacitarlos para el ejercicio profesional
responsable y eficiente de sus respectivos aprendizajes;
5) Fortalecer e
innovar, de manera permanente, los procesos de educación y capacitaci6n que
ofrezcan la superación profesional para contribuir al desarrollo del país.
6) Generar y
desarrollar la ciencia, la tecnología y las humanidades, por medio del estudio
de los problemas nacionales, regionales, mundiales y sus soluciones.
7) Participar, por
medio de sus programas y proyectos, en el desarrollo cultural, científico, tecnológico
y humanístico de la sociedad hondureña.
TITULO II MARCO ORGANICO
CAPITULO I
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
ARTICULO 6.-Son órganos
de Gobierno Universitario de la UNAH:
A.- NIVEL DE DIRECCION SUPERIOR
1) El Consejo Universitario;
y,
2) La Junta de Dirección
Universitaria.
B.- NIVEL EJECUTIVO Y ACADEMICO
1) La Rectoría
2) Las Facultades, Centros
Universitarios y Centros Regionales Universitarios.
3) Los Departamentos
y Carreras.
C.- NIVEL DE CONTROL
I) Comisi6n de
Control de Gestión.
2) Auditoría Interna.
D.- CUERPOS AUXILIARES
1) Claustro de
Profesores
2) Consejo General
de la Carrera Docente
3) Instituto de Previsión
Social de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (INPREUNAH);
4) Comisionado
Universitario
5) Direcci6n de
Educaci6n Superior.
CAPITULO II
MARCO DE COMPETENCIA
SECCIN PRIMERA
DEL CONSEJO UNIVERSITARIO
las políticas y estrategias de la gestión universitaria, con
visión de largo plazo; realizar contraloría social, evaluar y reorientar el
cumplimiento de los objetivos trascendentales de la UNAH; velar por la
transparencia, la autonomía universitaria y los intereses del Alma Mater. EI
Consejo Universitario no ejecutar~ acciones administrativas de gestión directa
y estar integrado por autoridades universitarias, docentes, estudiantes y representantes
de la sociedad, de la forma siguiente:
A.- AUTORIDADES UNIVERSITARIAS:
1) El Rector, quien
lo preside
2) Los Decanos de
las Facultades
3) Los directores de
los Centros Universitarios;
4) Los directores de
los Centros Regionales Universitarios
5) El director de
Educaci6n Superior.
B.- LOS DOCENTES:
1) Un representante
por cada una de las Facultades
2) Un representante por
cada uno de los Centros Universitarios
3) Un representante
por cada uno de los Centros Regionales
Universitarios.
C.- LOS ESTUDIANTES:
1) Un representante
por cada una de las Facultades
2) Un representante
por cada uno de los Centros
Universitarios
3) Un representante
por cada uno de los Centros Regionales
Universitarios.
D.- REPRESENTACION DE LA SOCIEDAD:
La sociedad participa por medio del secretario ejecutivo del
Foro Nacional de Convergencia (FONAC), o de la institución equivalente, en su
defecto.
Cada autoridad y representante tendrá su correspondiente
sustituto legal, que solo asistirá en caso de ausencia del consejero propietario.
SECRETARIA GENERAL
ARTICULO 56.- secretaria general. - Es el ~órgano de comunicación
oficial, interna y externa de la UNAH, su titular es el secretario general,
cuyo nombramiento corresponde a la Junta de Dirección Universitaria,
seleccionado de una tema propuesto por el Rector y su periodo en el cargo tendrá
una duración de cuatro (4) a0s.
ARTICULO 57.- Responsabilidades
del Secretario General:
Son responsabilidades
del Secretario General: registrar, certificar y notificar los actos resolutivos
y demás diligencias administrativas de la UNAH.
El reglamento respectivo regular~, lo concerniente al cargo
y su desempeño. además de las contempladas en el artículo 26 de la
Ley Orgánica, son funciones del Secretario General, las siguientes:
a) Asistir como a
las sesiones del Consejo Universitario y de la Junta de Direcci6n
Universitaria, con voz, pero sin voto.
b) Actuar como
Ministro de Fe Pública
de los
actos o las actuaciones realizadas
por el Rector y custodiar
toda la documentación de rectoría
y los sellos de la UNAH.
c) Convocar a
sesiones del Consejo Universitario a petici6n del Rector o petición por escrito
de diez miembros del Consejo Universitario.
d) Recibir las
comunicaciones, demandas, reclamos o peticiones
dirigidas al Consejo Universitario, al Rector, a la Secretaria General ya los Vicerrectores, a los Decanos o
Directores de Centros Universitario y
Regionales que presenten autoridades nacionales
o universitarias,
estudiantes, docentes y los
particulares, y darles el curso ordenado en los procedimientos administrativos,
judiciales y financieros correspondientes.
e) Recibir las
impugnaciones contra las decisiones de los ~órganos colegiados a los
cuales asista, del
Rector y de los Vicerrectores, y tramitarlas, sujetándose
a las leyes.
f) Informar
de la correspondencia recibida; mantener registro del cumplimiento de las
Comisiones o tareas que el Consejo Universitario hubiese encomendado a Miembros,
autoridades
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